Una de las principales interrogantes que subsiste para quienes emiten comprobantes del tipo CBB tiene que ver con la forma de incorporar los nuevos campos obligatorios a partir del 1° de julio del 2012 a sus comprobantes pre-impresos.
Las opiniones a este respecto son encontradas:
- Por un lado hay quienes opinan que estos comprobantes pueden seguir recibiéndose siempre y cuando contengan todos los requisitos que marca el CFF aunque sea con pluma o sello.
- Y por el otro, quienes dicen que hacerlo de esa manera ALTERARÍA el documento, recomendando el camino de la re-impresión de los mismos, porque decían que se tenían que cancelar los comprobantes actuales y mandar hacer nuevos con todos los requisitos completos, a lo cual todos estábamos en contra de esa decisión.
Y a estos días tomaron esta decisión:
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/preguntas_frecuentes/73_19337.html
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