El Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de su página de Internet: www.sat.gob.mx, dio a conocer en su sección de preguntas frecuentes las referentes a "Pagos provisionales complementarios en el Servicio de DyP", a saber:
- 1. ¿Qué sucede cuando un contribuyente derivado de la determinación de contribuciones y aplicación de las disposiciones fiscales, tiene que pagar exclusivamente actualización y recargos a través del Servicio de Declaraciones y Pagos, derivado de las observaciones realizadas en el dictamen?
- 2. ¿Cuál es el procedimiento para efectuar una corrección cuando se realizó un pago incorrecto de una contribución, ya sea de ISR, IVA o IETU y dé como resultado un pago de lo indebido?
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