El
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer el día 16 de enero a través del Diario Oficial de la Federación (DOF),
entre otros temas, el Decreto por el que se reforma el artículo 242 de
la Ley del Seguro Social que señala:
Todos
los sujetos que voluntariamente se incorporen al seguro de salud para
la familia, incluido los familiares a que se refiere el artículo
anterior y cualquier familiar adicional pagarán anualmente la cuota
establecida correspondiente, clasificándose por el grupo de edad a que
pertenezcan.
El
Consejo Técnico podrá determinar anualmente el importe de las cuotas a
aplicar, previa realización de los análisis y estudios actuariales
pertinentes, sin detrimento del principio de solidaridad social.
El
Estado contribuirá conforme a lo dispuesto en la fracción III del
artículo 106 de la presente Ley por familia, independientemente del
tamaño de la familia.
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, es decir, el 17 de enero de 2014.
Para ver el contenido completo: http://imcp.org.mx/wp-content/uploads/2014/01/ANEXO_RESEN%CC%83A-NOTICIAS-FISCALES-3.pdf
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